Argumentos contra la ILEA
Despacho del diputado Rodrigo Alberto Carazo
Fracción del Partido Acción Ciudadana
29 de julio del 2003
EXPEDIENTE N° 15215. ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA SOBRE UNA ACADEMIA
INTERNACIONAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA
LEY, SUS NOTAS INTRODUCTORIAS Y SU ENMIENDA.
¿Por qué no queremos la Academia en Costa Rica?
Porque Costa Rica apuesta a la multilateralidad, la preeminencia
del derecho internacional y a los instrumentos internacionales en materia
penal y de derechos humanos :
· Estados Unidos no ha ratificado los instrumentos internacionales
de derechos humanos ni acepta la jurisdicción de la Corte Penal
Internacional. También presiona a otros países para que
los excluyan de esa jurisdicción. Su historia en materia de derechos
humanos es deficiente. Los instructores de EEUU no responden a la lógica
de los derechos humanos ( su gobierno no se ha sujetado a dichos principios)
que debe ser transversal en la formación de los cuerpos de seguridad
y operadores de justicia. ¿como capacitar en algo en lo que no
se cree?
· Tenemos una responsabilidad con los otros pueblos latinoamericanos.
El permitir la institucionalización del adoctrinamiento por parte
de la mayor potencia militar del mundo en nuestro territorio es una
responsabilidad histórica dado el historial de la instrucción
recibida por los cuerpos represivos latinoamericanos en las últimas
décadas. La seguridad del continente americano y la seguridad
mundial pasa por el multilateralismo. La Academia ya ha sido rechazada
por Panamá y El Salvador y será financiada con dinero
del Plan Colombia, fondos INL.
· Se obvia evaluar opciones e instrumentos internacionales multilaterales
de seguridad y programas de cooperación ya existentes (como opción
alterna a dicho acuerdo) en el marco de la Organización de Estados
Americanos y de la Organización de las Naciones Unidas. (ver
lista de ILANU).
Por los costos, problemas administrativos en la forma que se ha
concebido la Academia e imprecisiones del acuerdo:
· No se aclaro qué interés puede tener Costa Rica
en la instauración de la Academia o la necesidad de este tipo
de "capacitación" en el país frente a la opción
de que se ubique dicha Academia en otro país. Costo/beneficio
en colones para Costa Rica.
· El embajador de EEUU manifestó el año pasado
"Si para finales del año 2002, la Asamblea Legislativa no
vota el acuerdo entre Estados Unidos y Costa Rica para instalar una
escuela policial aquí, el Gobierno Estadounidense no descarta
ubicar ese centro en otro país." 21 de agosto de 2002
· El acuerdo carece de concreción y precisión
en el tratamiento de los temas medulares referentes a los compromisos
que el Gobierno de Costa Rica adquiere mediante su firma. Dichos compromisos
quedarían plasmados en los protocolos de menor rango que se acuerden
con posterioridad a la entrada en vigencia del acuerdo, tal como queda
previsto en su articulo 3, con la gravedad de que estos instrumentos
no tienen que ser sometidos a la Asamblea Legislativa para su aprobación.
· Los procedimientos a seguir para combatir los delitos de carácter
transnacional no quedan debidamente establecidos ni han sido aclarados
en términos generales a la Comisión. Cómo se entienden
los delitos y qué tipo de intervenciones para prevenirlos o atacarlos
se entienden como legitimas según la idiosincrasia costarricense.
· Comité Conjunto y la organización de la Academia:
· El financiamiento de los programas ofrecidos por la Academia
será costeado por el gobierno estadounidense lo cual excluye
todo posibilidad de control, transparencia y rendición de cuentas
y según consta en el articulo 6, Costa Rica será responsable
únicamente por la adquisición, costos de mantenimiento,
operación y seguridad de las instalaciones.
· El Acuerdo dispone que el Gobierno costarricense debe otorgar
una serie de beneficios, exoneraciones fiscales y privilegios e inmunidades
al personal estadounidense y a sus familiares (artículos 10;11;
y 12). Dicha disposición lleva a cuestionarnos acerca de nuestra
situación fiscal y el hecho de tomar en consideración
que el otorgamiento de dichos privilegios son propios solo de los agentes
diplomáticos en su condición de representantes de un estado
y no de funcionarios que vendrían a prestar cooperación
técnica y que en consecuencia no tienen las mismas obligaciones
que los funcionarios diplomáticos, esto ultimo de acuerdo al
articulo 37 de la Convención de Viena. Este status diplomático
no se le ha otorgado a instituciones como el IIDH, representantes de
la Unión Europea o de la UNESCO en el país. Las exenciones
y privilegios fiscales no tienen cabida en la cultura tributaria que
promovemos actualmente. La inmunidad es un peligro para los habitantes
de Costa Rica, sobretodo para los que se relacionen más directamente
con los funcionarios de la academia.
· No puede ningún trabajador en Costa Rica abstenerse
promovido por el propio Estado costarricense de contribuir al régimen
de solidaridad de la Caja Costarricense de Seguro Social.
· No se ha hecho referencia precisa al funcionamiento y experiencia
de las otras cuatro academias instauradas en diferentes puntos estratégicos
del mundo: Hungría, Tailandia, Bostwana y Nuevo México.
Sin embargo, se ha señalado que la manera de conducir la posible
Academia será similar a la de las demás.
Por los peligros para la seguridad del país y de nuestros
habitantes:
· Estados Unidos se ha declarado en guerra. Sin duda, está
academia es parte de la guerra de Estados Unidos. Costa Rica, si no
quiere verse afectada por dicha guerra, debe mantenerse al margen.
· Costa Rica se convierte en blanco de ataques terroristas o
de narcotraficantes.
· Nuestros habitantes que se vean afectados por cualquier acto
delictivo cometido por personal estadounidense de la academia se verían
imposibilitados de acceder a la justicia costarricense dada la inmunidad
que les otorga el acuerdo y más aún si las personas investigadas
salen del país siendo que EEUU no ha ratificado tratados y convenios
internacionales como el tratado de Roma.
Por la soberanía y defensa de la idiosincrasia pacifista
costarricense.
· Nuestra policía debe responder exclusivamente al interés
nacional costarricense.
· Nuestros cuerpos policiales pierden autonomía al ser
adoctrinados en la lógica de la guerra de EEUU contra todo aquel
que no piense como ellos.
· Se pone en juego la tradición civilista y la solución
pacífica a los diferendos, así como el recurso y apoyo
que siempre hemos dado a la normativa internacional, y al sistema internacional
de Naciones Unidas.
· El que paga la música manda el baile.
Por que no queremos cuerpos policiales represores:
· La policía en Estados Unidos se ha dado a conocer
a través de su historia por su entrenamiento en la represión
de manifestaciones populares en ese pueblo, desde las luchas por los
derechos civiles y políticos, la guerra de Vietnam hasta Seattle
y Washington recientemente. En 1995 y en el 2000 observamos con pesar
lo aprendido por nuestros cuerpos policiales de lo aprendido de instructores
extranjeros como los carabineros chilenos (entrenados a su vez por los
EEUU). La utilización de métodos de inteligencia que son
permitidos en Estados Unidos no corresponden con nuestra legislación
y valores y no queremos que se instruya en métodos que violentan
las garantías individuales y el derecho a la privacidad de nuestros
habitantes.
· Es importante delimitar los criterios bajo los cuales se escogería
el personal que impartiría los programas ya que solo se menciona
a "instructores profesionales especializados",dejando de lado
en el documento los criterios de su selección. Esto podría
permitir la contratación de policías con orientación
militar, policíaca represora o inclinada a operaciones de inteligencia
contrarias a los derechos humanos fundamentales.
·
Despacho de Rodrigo Alberto Carazo
Fracción del Partido Acción Ciudadana
Asamblea Legislativa
29 de julio del 2003
|