TLC no es un tratado

José Luis Vega Carballo

Periódico Al Día

28 de junio del 2004

 

A diferencia de Costa Rica, para los EEU el TLC (Central American Free Trade Agreement o Cafta) no es un tratado internacional, según el artículo II de su Constitución. Si lo fuera, su aprobación exigiría 2/3 de los votos del Senado. Pero, por ser un simple acuerdo o congressional-executive agreement con menor rango y alcance, solo requeriría simple mayoría de ambas cámaras del Congreso.

Además, los acuerdos o agrrements de esa clase requieren ley previa de autorización, otorgada al Presidente para negociar bajo estrictos términos. Algo opuesto sucedió con Cafta en Costa Rica, donde nuestro Congreso no jugó papel alguno, ni antes ni durante las negociaciones. Más aún, por no ser un treaty sino un agreement, solo se volverá parte del derecho interno de EEUU mediante otra legislación especial, llamada Implementation Act, que no tendrá poder mayor al de las leyes federales o Statutes.

Quienes no entienden, ni quieren entender lo anterior, insisten en que no hay diferencia entre tratados y acuerdos dentro de la jurisdicción norteamericana. Nada más equivocado. Pues,un tratado según la Constitución de EEUU, entra a regir plena y automáticamente en todos sus términos una vez aprobado por el Presidente y el Senado; sería autoejecutable (self-executing), volviéndose ley suprema sobre las leyes federales y estatales.

Sin embargo, un acuerdo débil como Cafta nunca estaría por encima de las leyes federales -como sí lo estaría en el derecho interno de Costa Rica-, sino que es una ley más por debajo de la Constitución. Nada impediría, ni ahora ni más adelante, que el Congreso norteamericano lo manosee, imponiéndole otras leyes que lo limiten, condicionen y hasta lo modifiquen, atenido al principio de supremacía de una ley posterior respecto de una anterior, o last in time rule.

Cafta coloca así a Costa Rica en gran asimetría jurídica, ya que al firmar un tratado nos comprometemos a no legislar en sentido contrario, ni a modificarlo sin aprobación de EEUU y demáspaíses centroamericanos. En contraste, EEUU no ha firmado la Convención de Viena, por lo que se permite ajustar, desconocer y burlar convenios a su gusto, según evolucionen sus intereses concretos. Por tanto, es falso que Cafta consolide y perpetúe lo concedido por la Iniciativa de la Cuenca del Caribe, o lo pactado ahora por Comex con la administración Bush. Ambos instrumentos ostentan igual rango. Responden a leyes federales de EEUU, en especial las de implementación; y futuras normas podrán coartar sus alcances e interponer trabas al libre comercio, especialmente por razones de seguridad, como sucede con la Ley de Bioterrorismo.

Para EEUU, Cafta solo muestra una intención de cumplir una obligación internacional, selectiva y condicionadamente. Como declaró el exsecretario de Estado Henry Kissinger a clientes o contrapartes de negocios internacionales: "El hecho de que muchas medidas aprobadas (provisions) por los EstadosUnidos no sean compromisos rigurosos según estándares internacionales, no significa que puedan actuar moral y políticamente como si no existieran. Por el contrario, son importantes declaraciones de política diplomática e involucran la buena voluntad de acción de los EEUU, siempre y cuando las circunstancias que les dieron origen se mantengan." (Dep't St. Bull., Oct. 27, 1975, at 609, 612-13.)

¡Para Costa Rica, Cafta sería estar como burro amarrado frente a tigre suelto!

 

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